Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs

La Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs (FCEM) permite a las empresas MiPyMEs proveedoras de grandes empresas cobrar el crédito por anticipado. ARCA creó este sistema para impulsar el financiamiento de capital de trabajo y mejorar la seguridad de cobro para las PyMEs proveedoras de grandes empresas. Los requisitos para formar parte de este régimen son que ambas partes deben tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) y que los emisores de factura de crédito electrónica deben registrar una CBU.El procedimiento de aceptar o cancelar una Factura de Crédito Electrónica (FCE) implica que la empresa receptora puede elegir entre:

Cancelar la FCE e informar en el Registro de FCE a cargo de ARCA.

Rechazar la FCE, únicamente por las causales de rechazo previstas en el artículo 8° de la Ley N° 27.440 (errores, vicios, defectos, divergencias).

  • Aceptar expresamente la FCE, en cuyo caso ésta se convierte en un título ejecutivo y valor no cartular.

Una vez transcurridos los plazos de tiempo para la cancelación o rechazo, la FCE quedará aceptada tácitamente. Una vez aceptada la FCEM expresa o tácitamente, y de acuerdo con la elección que la Mipyme haya efectuado al momento de la emisión, la factura será negociada de la siguiente manera:

  1. Agente de Depósito Colectivo: ARCA notifica a la empresa grande el nuevo domicilio de pago y además transfiere la FCE al Agente de Depósito Colectivo.

Sistema de Circulación Abierta: La MyPyME puede endosar, ceder y descontar la Factura de Crédito Electrónica (FCE) desde el Home Banking. Este sistema entró en vigor el 1 de abril. A partir de esa fecha, tanto las Mipymes como las grandes empresas deben tener actualizados sus sistemas de facturación con estos manuales.